Qué son los sistemas administrativos del sector público?
La Ley n° 29.198 ha definido en su artículo 43 clasifica los sistemas del gobierno peruano en administrativos y funcionales. Mientras que, en el artículo 46 del mencionado cuerpo normativo se refiere en forma específica a los sistemas administrativos.
En este sentido, son sistemas administrativos aquellos que tienen por objeto reglamentar el uso eficaz y eficiente de los recursos del sector público peruano (El Peruano, 20/12/2007).
¿Cuántos son los sistemas administrativos del sector público?
En la Ley n° 29.198 se describen los siguientes sistemas administrativos del sector público peruano (El Peruano, 20/12/2007):
1.- Recursos Humanos:
Se refiere a todo lo inherente al personal del sector público, ya sea de planta permanente o contrataciones. Se ocupa de diseñar los manuales de procedimiento, diseño y actualización de los organigramas, garantizar las normas mínimas de higiene y seguridad, redacción de los reglamentos internos, gestión de los legajos de personal, control de entrada y salida del personal, capacitación de los dependientes, liquidación de sueldos y jornales, etc.
2.- Abastecimiento:
Es el área que se ocupa de adquirir, conservar y distribuir la totalidad de bienes y servicios que las diferentes dependencias del estado necesitan para su funcionamiento diario. Entre sus funciones se destacan la gestión de compras e inventarios, clasificación de los materiales y su resguardo, protección de los bienes bajo su custodia, etc.
3.- Presupuesto:
Este sector se ocupa de la elaboración del presupuesto anual, control de las partidas de ingresos y gastos, gestión del déficit, previsión de las necesidades financieras, etc.
4.- Tesorería:
Los órganos que lo integran se encargan de la gestión de pagos y cobranzas, centralizan la caja, aplican las normas mínimas de control interno, entre otros.
5.- Endeudamiento:
Algunas de sus funciones consisten en la gestión de la deuda pública, garantías y avales, estudio de las opciones de financiamiento, seguimiento de la deuda, etc.
6.- Contabilidad:
Sus órganos integrantes se ocupan de la registración de la totalidad de las transacciones contables, elaboración de los planes de cuenta conforme a la normativa contable vigente, seguimiento del cumplimiento de las normas de control interno, etc.
7.- Inversión:
Se ocupa del diseño y gestión de las políticas de inversión de corto, mediano y largo plazo, seguimiento y control de la ejecución de las partidas, elaboración del presupuesto con las necesidades de inversión para los distintos sectores del estado, etc.
8.- Planeación:
Sus organismos tienen como función el diseño de los planes y programas de corto, mediano y largo plazo, como así también el seguimiento y control.
9.- Defensa Jurídica:
Este sector es el que se ocupa de las relaciones jurídicas y la defensa en juicio.
10.- Control:
Esta área está a cargo de un órgano independiente, llevando a cabo el control interno y la contratación de la auditoría externa. Su principal finalidad es garantizar la transparencia en todos los sectores del estado.
11.- Modernización:
Tiene como finalidad la mejora continua en los servicios prestados por la administración pública nacional. La ley n° 27658 es la normativa que regula todo el sistema. Las políticas públicas diseñadas en este sentido se encuentran orientadas a la ciudadanía, la transparencia, rendición de cuentas, innovación, etc.
Administración Financiera del sector público: Sus áreas y funciones.
Los sistemas administrativos referidos a la administración financiera del sector público peruano se encuentran legislados en la Ley N°28.112, donde se definen los principios rectores la transparencia, eficiencia, eficacia y legalidad.
En el artículo 5, inciso 5.2 establece cuáles son los sistemas que la integran (MEF, 2003):
1.- Presupuesto:
Esta área se integra por la Dirección Nacional de Presupuesto y las unidades ejecutoras. En su conjunto se ocupan de la preparación de la Ley de Presupuesto Anual mediante la programación de ingresos y gastos del sector público nacional (MEF, 2003). En este sentido, serán ingresos públicos las recaudaciones de impuestos y las no tributarias, e ingresos por préstamos objetidos. Por su parte, los gastos se componen de erogaciones corrientes, de capital y servicios de deuda.
Sus principios rectores involucran el equilibrio de las cuentas públicas, universalidad, unidad, exclusividad, anualidad y especificidad.
2.- Tesorería:
Tiene por principios la unidad de caja y la economía. Sus órganos son la Dirección Nacional de Tesoro Público y las unidades de ejecución. En su conjunto se ocupan de presupuestar, programar y autorizar los pagos, custodia de valores, centralizar la caja, gestionar los mecanismos de financiamiento de los déficits transitorios de caja, etc.
Por otra parte, entre las formas de pago que acepta el sector público se pueden enumerar:
- Cheques.
- Transferencias de fondos a las cuentas bancarias del estado.
- Efectivo.
3.- Endeudamiento:
Este sector se compone por la Dirección Nacional de Endeudamiento Público y sus unidades ejecutoras. Sus funciones son la gestión de los requerimientos de fondos ante los organismos de crédito, atender los pagos de la deuda del estado, gestionar el uso de los fondos provenientes del financiamiento obtenido, obtención de avales y garantías, registro de las deudas, y toda otra cuestión inherente al pasivo estatal. Sus principios rectores son la sustentabilidad del endeudamiento y la responsabilidad en materia fiscal.
4.- Contabilidad:
Los principios del área contable sintetizan los requisitos que debe reunir la información, es decir, uniformidad, integridad y oportunidad. Todo lo cual está en concordancia con las normas contables internacionales. Los órganos que integran este sector son:
- Dirección Nacional de Contabilidad Pública.
- Consejo Normativo de Contabilidad.
- Oficinas de Contabilidad descentralizadas.
- Otros organismos que representan al sector no público.
En todos los casos el área contable es la que se ocupa de la registración de las transacciones que se llevan a cabo en todo el sector público nacional, elabora los planes de cuenta, diseña los manuales de procedimiento, controla la aplicación de las normas mínimas de control interno, etc.