¿Qué son las instituciones financieras?
Las instituciones financieras son aquellas organizaciones cuya actividad es la de prestar servicios financieros. Éstos son aquellos que involucran transacciones con flujos de dinero o capitales realizados por personas de existencia visible o jurídicas. Con el devenir histórico han ido evolucionando a la par de las necesidades del mercado.
Existen diversos tipos de instituciones financieras que se pueden clasificar en:
1.- Bancarias:
Son las organizaciones que captan los excedentes de fondos del público en general o a través de instrumentos financieros, y los reintroducen en el mercado en forma de crédito. De esta manera, se produce el efecto multiplicador del dinero en la economía.
2.- No Bancarias:
Son entidades que se distinguen de las anteriores por no encontrarse autorizadas para captar efectivo, aunque sí pueden realizar transacciones similares a las anteriores a través del uso de instrumentos financieros de otra naturaleza.
Instituciones que regulan a las entidades financieras en el Perú.
La Superintendencia de Banca, Seguros, y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones es el ente que regula y supervisa el sistema financiero, seguros y pensiones privadas en Perú. Tiene por objeto:
1.- garantizar la estabilidad, solvencia y transparencia de las operaciones.
2.- propender a la inclusión de todos los sectores en el mercado financiero.
3.- prevenir y detectar operaciones vinculadas al lavado de dinero y acciones de terrorismo.
Por otra parte, sus funciones se pueden resumir en:
1.- normar el circulante monetario y el crédito.
2.- gestionar las reservas internacionales.
3.- emisión monetaria.
4.- emitir informes respecto de las finanzas públicas.
Por otra parte, el Banco Central de Reserva del Perú es el que se ocupa de fijar la tasa de interés de referencia para todo el sistema financiero, además de gestionar las reservas internacionales y la oferta monetaria, mediante la emisión de billetes y monedas.
La Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores es la que se ocupa del fomento del mercado de valores, control de las empresas que cotizan en Bolsa y regulando la información contable de presentación.
La Superintendencia de Administración de Fondos de Pensiones regula los sistemas de pensión.
Finalmente, el sistema financiero peruano está integrado por:
- Entidades bancarias.
- Compañías financieras.
- Compañías de seguro.
- Administradoras privadas de fondos de pensión.
- Banco de la Nación.
- Corporación Financiera de Desarrollo S.A.
- Bolsa de Valores.
- Bancos de inversión.
- Sociedad Nacional de Agentes de Bolsa.
Entre las entidades no bancarias se pueden mencionar:
- Cajas rurales.
- Cajas municipales de crédito.
- Entidades de desarrollo de PYMES
- Entidades de arrendamiento financiero.
Servicios que brindan las instituciones financieras.
Las normativas del ente rector en materia financiera (SBS), los servicios que prestan las instituciones financieras en Perú se pueden resumir en:
1.- Tarjetas de crédito:
Son los medios de pago mediante el que se permite acceder a la financiación de la forma más sencilla, por un plazo predeterminado y estándar para todos los usuarios. Al vencimiento del plazo deben restituirse los fondos con más los intereses y gastos, según la liquidación practicada por la entidad emisora en el resumen de cuenta.
2.- Tarjeta de débito:
Es un medio de pago que sustituye al dinero en efectivo en las transacciones. La cancelación de las obligaciones se configura mediante el débito de los fondos disponibles en cuenta bancaria.
3.- Créditos Hipotecarios:
Son líneas de financiamiento orientadas al consumidor para la compra, construcción, refacción, ampliación o mejora de vivienda. Se caracteriza porque el aval del crédito está constituido por hipoteca sobre el inmueble.
4.- Compensaciones por tiempo de servicios:
Son los depósitos que por la legislación vigente realizan los empleadores. La finalidad de los mismos es la cobertura ante el cese de la relación laboral. Se caracterizan por generan un rendimiento mensual.
5.- Cuenta corriente bancaria:
Se otorga a personas físicas o jurídicas que necesiten disponer de los fondos acreditados en forma inmediata. También pueden gestionar las chequeras, en caso de necesidad. Las instituciones financieras autorizadas a recibir depósitos en cuenta corriente son los bancos, compañías financieras y todo otro sujeto expresamente autorizado en la Ley N°26.702.
6.- Cuentas de ahorro:
Se trata de cuentas a la vista que abren las instituciones financieras a nombre un sujeto. Ellas son las que determinan cuánto es el máximo y mínimo a depositar, fijan comisiones por mantenimiento y por las gestiones que se realicen, movimientos por ATM, tarjetas de débito o crédito asociadas, etc.
7.- Cuenta de plazo fijo:
Son depósitos realizados por personas físicas o jurídicas que se caracterizan por:
– Nominativos.
- Tasa de interés: se pacta por el plazo que permanecerá el dinero. Cada entidad fija libremente su valor.
- Monto mínimo establecido por la institución financiera.
- No se puede retirar el depósito antes del plazo acordado, salvo acuerdo expreso y sujeto a las penalidades establecidas en el contrato.
8.- Cuentas sueldo:
Son las destinadas al cobro de haberes.