Normas para la acreditación educativa

¿Qué es la acreditación?

La acreditación educativa está definida por el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa como “el reconocimiento público y temporal de la institución educativa, área, programa, o carrera profesional que voluntariamente ha participado en un proceso de evaluación de su gestión pedagógica institucional y administrativa (SINEACE, 2020)”.

El SINEACE es el órgano que por las disposiciones de Ley N° 28740 se ocupa de desarrollar la implementación de los planes, programas, y metodologías de dicha acreditación. El órgano rector del SINEACE es el Consejo Superior del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa.

“La evaluación es el instrumento de fomento de la calidad de la educación que tiene por objeto la medición de los resultados y dificultades en el cumplimiento de las metas previstas en términos de aprendizajes, destrezas y competencias comprometidos con los estudiantes, la sociedad y el Estado”.

Por otra parte, corresponde destacar que el proceso garantiza la mejora continua en cuestiones de calidad educativa. Es por ello que se otorga por un plazo limitado, debiendo renovarse.

Objetivos de la acreditación

  • Garantizar la calidad educativa en todo el territorio nacional.
  • Sirve para que los padres y alumnos conozcan mejor la oferta de la que dispone cada institución.
  • Capta y procesa datos necesarios para llevar el proceso de control de calidad.
  • Garantiza un perfil de egresado de alta calidad.

¿Cómo se obtiene la acreditación?

1.- Antes del inicio del proceso:

Con antelación al inicio de las certificaciones, las instituciones educativas se acercan al SINEACE para informarse. Luego, de tomar la decisión de iniciar los trámites deben constituir un Comité de Calidad e informarlo al organismo rector. Finalmente, reciben una capacitación al respecto.

2.- Autoevaluación y mejora:

Esta etapa la cumple la propia entidad educativa, carrera o programa. Para ello debe seguir los lineamientos contenidos en la Guía de Evaluación y en la Matriz de Evaluación.

3.- Evaluación externa:

En el momento en que la institución lo decide, solicita la evaluación en forma voluntaria. Debe ser realizada por una entidad independiente designada por el SINEACE. Existen diez entidades evaluadoras autorizadas:

a.- Educación Superior Universitaria: Agencia Evaluadora de la Calidad Educativa S.A.C. (AECEDU), SGS Certificadora de Educación SAC y la Entidad Evaluadora con Fines de Acreditación SAC(EFFIA).

b.- Institutos y escuelas de Educación Superior: Beyond Quality Standars SAC, International Zeta Consulting SAC, SGS Certificadora de Educación SAC y la Universidad Marcelino Champagnat.

c.- Educación Básica y Técnico – Productiva: Universidad Marcelino Champagnat, Asociación Solaris Perú y el Instituto de Fomento de una Educación de Calidad (Instituto Educa).

A los fines de ser elegidos como entidades certificadoras, las instituciones deben acreditar los requisitos contenidos en la “Directiva que regula el proceso de acreditación de las instituciones educativas”. En este instrumento disponible en la página web del organismo, se expone todo el procedimiento completo de acreditación y evaluación.

4.- Acreditación de calidad:

Se obtiene el reconocimiento, según los dictámenes de la evaluación externa.

Normas para la acreditación

El SINEACE se rige por la Ley N° 28.740, sancionada el 23 de mayo de 2006. En dicha normativa se establece como ámbito de aplicación todas las instituciones públicas y privadas, en todas sus etapas, niveles, modalidades, ciclos y programas. Asimismo, se definen los siguientes principios que lo rigen:

  • Transparencia: garantiza resultados confiables, de acceso público.
  • Eficacia: pretende que se extienda en todo el territorio nacional la cultura y la calidad educativa.
  • Responsabilidad: sirve de guía a las instituciones educativas de todos los niveles para que puedan ser responsables de los servicios que prestan.
  • Participación: propende a la participación voluntaria de todas las instituciones.
  • Objetividad e imparcialidad: garantiza que los procesos y evaluación de acreditación sea realizada en el marco de una absoluta transparencia.
  • Ética: garantiza el accionar justo, honesto y equitativo.
  • Periodicidad: garantiza evaluaciones constantes y periódicas en pro de la mejora continua.

Por otra parte, el marco legal establece cuáles son los órganos dependientes del SINEACE :

1.- Instituto Peruano de Evaluación, Acreditación y Certificación de calidad de la Educación Básica.

2.- Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior No Universitaria.

3.- Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria.

Todos estos organismos se caracterizan por la autonomía y la descentralización. Asimismo, deben garantizar la transparencia y la participación, en concordancia con los lineamientos generales de funcionamiento del SINEACE.